¿CUÁLES SON LOS ANTECEDENTES INSTITUCIONALES Y LEGALES?

El manejo de los desechos es un gran problema ambiental, económico y municipal para Chile. La siguiente información puede ser útil para enfrentar el problema de los desechos a nivel de su comuna.
La norma madre en materia de competencia del municipio respecto de los desechos es el artículo 11 del Código Sanitario (D.F.L. Nº 725 del Ministerio de Salud, Diario Oficial del 31 de enero de 1968): "A los municipios corresponde proveer la limpieza y las condiciones de seguridad de sitios públicos, de tránsito y de recreo; recolectar, transportar y eliminar por métodos adecuados -a juicio del Servicio de Salud competente- las basuras, residuos y desperdicios que se depositen o produzcan en la vía urbana; velar por el cumplimiento de las normas sobre higiene y seguridad establecidas en la Ordenanza General de Construcción y Urbanización; reglamentar y controlar las condiciones de limpieza y conservación exterior de las casas-habitación, fábricas, edificios públicos, cuarteles, conventos, teatros y otros locales públicos y particulares; establecer baños y servicios higiénicos públicos; proveer la limpieza y conservación de los canales, acequias y bebederos".
 
Desechos Domiciliarios
El Departamento de Aseo y Ornato de la Municipalidad se responsabiliza por el tratamiento de estos desechos. Muchas municipalidades contratan empresas privadas para realizar la recolección y transporte de desechos domiciliarios a su destino final y para el manejo del vertedero o relleno sanitario. Las leyes y regulaciones al respecto varían entre comunas y se pueden encontrar en la "Ordenanza de Aseo y Ornato" y en la "Ordenanza del Medio Ambiente", que se publican en el Diario Oficial. Pida la correspondiente a su municipio cuando tenga cualquier duda o reclamo.
Desde el año 1997, las municipalidades cuentan con el derecho de una "tarifa de aseo", por intermedio de la cual la gente debe pagar por la recolección de los desechos domiciliarios. El monto de esta tarifa está calculada en base al costo que la Municipalidad tiene por la recolección de éstos: bencina, mantenimiento de vehículos, sueldos de choferes y funcionarios municipales y el gasto para llevarla al destino final. Esta tarifa no es imperativa, pero si están cobrándola en su comuna puede buscar mayores informaciones en la Ordenanza de Aseo y Ornato de su comuna o en los departamentos de Aseo y Ornato y de Finanzas.
 

 







Micro basurales
Las leyes que tratan este problema son la Ley Nº 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades, la Ley Nº 18.290 de Tránsito, y las Ordenanzas Municipales. Los organismos responsables son la Municipalidad, en su Departamento de Aseo y Ornato, y los Carabineros de Chile. Algunos sectores de Carabineros tienen una división que se llama "Brigada Forestal y Medio Ambiente".

Plagas de Roedores e Insectos
Este problema está considerado dentro de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades y del Código Sanitario. Los responsables son los Departamentos de Higiene Ambiental y Zoonosis, el Departamento de Aseo y Ornato, los servicios de salud y en la región Metropolitana, el Servicio de Salud Metropolitana del Ambiente.
 
Desechos Industriales
Los desechos industriales están controlados por el Decreto Supremo Nº 745 del Ministerio de Salud (Título II, Párrafo III, de 1993), que establece ciertas disposiciones básicas para el manejo de los residuos sólidos industriales en todo el país. También para la región Metropolitana existe la Resolución 5081/1993 del Servicio de Salud Metropolitano del Ambiente. Los organismos de control son los Servicios de Salud e Higiene Ambiental, el Ministerio de Salud, la Superintendencia de Servicios Sanitarios del Ministerio de Obras Públicas (MOP), y el Servicio de Salud Metropolitano del Ambiente, para la región Metropolitana.
Las acciones de la Municipalidad y los vecinos para mejorar el manejo de la basura y para disminuir la cantidad de desechos que llegan al vertedero extenderán la vida del Vertedero Municipal, disminuirán el costo de mantenerlo para la Municipalidad y, de este modo, la gente recibirá un gran beneficio en salud y calidad de vida. ¡Vale la pena hacerlo!

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Fundación Casa de la Paz :::: Antonia López de Bello Nº80, Recoleta, Santiago. Chile. :::: Fono 56(2)7374280